La retención general de las actividades profesionales es del 15 %. El tipo reducido de inicio de actividad es del 7 %, cuando cumples sus requisitos. Son los tipos de referencia para una factura profesional sujeta a retención, no para cualquier factura de un autónomo.
La retención se resta del importe que cobras: en el desglose, parte de la base, suma el IVA que corresponda y descuenta la retención aplicable. Puedes comprobarlo en la calculadora de IVA e IRPF →. No es una rebaja de tus honorarios ni el cálculo de tu impuesto anual.
Cuándo corresponde revisar la retención
Antes de aplicar un tipo, identifica la actividad que origina el rendimiento y la condición del pagador. El detalle centralizado es La retención profesional exige comprobar el tipo de rendimiento y si el pagador está obligado a retener. El tipo de inicio corresponde al período de comienzo y los dos siguientes, si no se ejerció actividad profesional en el año anterior al inicio; se comunica al pagador mediante documento firmado que este conserva.. Comprueba esos requisitos antes de aplicar el tipo de inicio.
Una diseñadora que trabaja para un negocio y para un cliente particular debe distinguir ambos encargos. No reutilices el mismo tratamiento únicamente porque el servicio se parezca. Si tienes dudas sobre la clasificación de tu actividad, revisa el epígrafe y tu situación con quien lleva tus obligaciones.
Cómo elegir entre el tipo general y el de inicio
El tipo reducido no se elige solo para cobrar más ni basta con mirar la fecha de alta. Contrasta las condiciones del dato anterior, la actividad previa y la comunicación al pagador.
Para preparar esa comprobación, reúne la fecha de inicio, la información sobre actividades anteriores y la documentación comunicada al cliente. Son datos para revisar con tu asesor; no tienes que subirlos a esta web.
Cuando no puedas confirmar que cumples los requisitos del supuesto de inicio, resuelve esa duda antes de utilizarlo en una factura. No trates la opción de la calculadora como una autorización.
Comprueba qué cambia en el cobro
Prueba con una base ficticia de 1.000 en la calculadora. Mantén la misma base y el mismo tratamiento de IVA y compara el tipo profesional general con el de inicio. La diferencia aparecerá en la retención y en el importe a cobrar, no en el precio del trabajo antes de impuestos.
Si has acordado un importe final a cobrar, utiliza el cálculo inverso para obtener la base con las opciones elegidas. Ese resultado no incluye tus gastos ni estima el beneficio o la declaración anual.
Errores frecuentes
- Aplicar retención a cualquier negocio por cuenta propia sin identificar el rendimiento.
- Escoger el tipo de inicio únicamente por antigüedad.
- Copiar el cálculo de un cliente sin revisar la condición del siguiente.
- Confundir el cobro con el precio antes de impuestos.
- Tratar la retención de una factura como el impuesto anual definitivo.
Los alquileres, las actividades especiales o las operaciones internacionales pueden necesitar reglas distintas de los tipos profesionales tratados aquí. Plantea esos casos por separado.
Revisa también el resto de la factura
La guía para preparar una factura → ordena campos e importes. Los perfiles de diseño gráfico → y programación → añaden ejemplos de preguntas para tu actividad.
Preguntas frecuentes
¿Elijo la retención solo por mi fecha de alta?
¿La retención es un descuento comercial?
¿La calculadora estima mi declaración anual?
¿Qué hago si no sé cómo clasificar mi actividad?
Calculadora gratuita
Programas adaptados a Verifactu desde 110 € al año
Compara 14 programas y gestorías con su tarifa oficial.
Comparar precios ¿Te afecta? Haz el test en un minutoCada cifra y cada fecha de esta página enlazan a su fuente oficial. Consultadas el .