Verifactu y factura electrónica: diferencias y fechas

Verifactu y la factura electrónica son dos obligaciones distintas. Qué exige cada una, cuándo llega y por qué te conviene un programa que cumpla las dos.

Verifactu y la factura electrónica entre empresas son dos obligaciones distintas, con fechas distintas. Verifactu exige que tu programa registre cada factura de forma que no se pueda manipular: es obligatorio para los autónomos desde el 1 de julio de 2027 y para las sociedades desde el 1 de enero de 2027. La factura electrónica obliga a enviar y recibir las facturas con otras empresas y autónomos en un formato electrónico estructurado (un PDF no basta): para los autónomos, desde el 6 de octubre de 2028.

Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que retrasará Verifactu a octubre de 2028 (pendiente de confirmación oficial) para que las dos obligaciones lleguen juntas a pymes y autónomos. Hasta que se publique en el BOE, las fechas de Verifactu siguen siendo las de 2027 (qué hay confirmado).

Puedes necesitar las dos: un programa que cumpla Verifactu y que, cuando llegue la obligación, envíe facturas electrónicas a tus clientes empresa. Por eso conviene elegir ya un programa que haga ambas cosas.

Para la parte de la factura electrónica, la referencia precisa es El marco B2B regula la expedición, transmisión y recepción de facturas electrónicas entre empresarios y profesionales en las operaciones incluidas en su ámbito. Deben comprobarse ámbito territorial, exclusiones y calendario de efectos.. En la parte del programa, El reglamento contempla sistemas VERI*FACTU que remiten registros de facturación a la AEAT y sistemas no VERI*FACTU que los conservan con los requisitos específicos correspondientes. El registro no es la factura que recibe el cliente.

Las diferencias, una al lado de la otra

Qué comparas Sistemas de facturación Factura electrónica entre empresas
Parte del trabajo Funcionamiento del programa y gestión de registros. Expedición, transmisión y recepción de la factura en el flujo B2B.
Referencia normativa Reglamento de sistemas informáticos de facturación Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo
Qué pedir en una demostración Ver qué ocurre al emitir y al corregir una operación. Ver cómo se intercambia la factura y se consulta su estado.
Qué documento solicitar Descripción de la modalidad y versión del sistema. Descripción de las funciones de intercambio incluidas en el plan.

La tabla resume dos normas distintas. Para aplicarlas a tu actividad, comprueba el ámbito y las exclusiones de cada una.

Un mismo encargo, dos recorridos

Un programador presta mantenimiento a una empresa. En su programa introduce el trabajo y prepara la factura. Para entender la parte de sistemas, pregunta qué registros se generan y qué sucede si hay un error.

Después pregunta cómo recibe la factura la empresa cliente, qué vía se utiliza y dónde ve el estado del intercambio. Esa segunda demostración responde a otra necesidad. Ver una pantalla de emisión no explica todo el envío; ver un documento recibido tampoco explica cómo lo generó el sistema.

La AEAT describe el registro de facturación ↗. Puedes ampliar las modalidades en qué es Verifactu →.

Los calendarios también se consultan por separado

En el reglamento de sistemas, el resto de obligados incluidos debe estar adaptado antes del 1 de julio de 2027. Para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos, la adaptación se exige antes del 1 de enero de 2027.

Para la factura electrónica, el calendario empezó a contar el 6 de octubre de 2026: las empresas con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones, desde el 6 de octubre de 2027; el resto, desde el 6 de octubre de 2028. Tienes el detalle en factura electrónica para autónomos →.

Cómo comparar las respuestas de un proveedor

Pide dos apartados separados en la propuesta: sistema y registros; envío y recepción de facturas. En ambos, solicita versión, funciones disponibles y documentación. Distingue lo que puedes probar de lo que figura en su planificación.

Después revisa qué plan incorpora esas funciones, el acceso de tu gestoría y las condiciones para recuperar tus documentos al salir. Una mención comercial a cualquiera de los dos marcos no resuelve todas esas preguntas.

Por dónde empezar

Haz el test de Verifactu → para situar tu proceso de emisión. Si ya conoces las necesidades que debe cubrir un programa, utiliza los criterios de comparación →. El resultado del test orienta sobre sistemas; no sustituye la comprobación del marco B2B.

Preguntas frecuentes

¿Son dos nombres para la misma obligación?
No. Verifactu exige que tu programa registre cada factura de forma que no se pueda manipular, y para los autónomos es obligatorio desde el 1 de julio de 2027. La factura electrónica obliga a enviar y recibir las facturas con otras empresas y autónomos en un formato estructurado, desde el 6 de octubre de 2028 para los autónomos. Puedes necesitar las dos.
¿Una mención comercial a Verifactu resuelve la factura electrónica B2B?
No debe darse por hecho. Pide al proveedor documentación separada del funcionamiento de cada parte, referida al plan y la versión que utilizarías.
¿Sirve la misma fecha para ambos marcos?
No traslades un plazo de un marco al otro. Los plazos relativos B2B están recogidos en su norma, pero falta acreditar la entrada en vigor de la orden que inicia el cómputo para calcular una fecha absoluta.
¿Qué debo revisar si facturo a otras empresas?
Describe tu operación, el sistema que utilizas y cómo intercambias la factura con el cliente. Lleva esas preguntas a las fuentes y a tu asesor para comprobar el caso.
¿Dónde empiezo si no sé qué me afecta?
Utiliza el test orientativo para sistemas de facturación y consulta después la guía específica de factura electrónica B2B. Una respuesta no sustituye la otra.

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