Reformas y construcción: facturas, IVA, IRPF y Verifactu

Lo que necesitas para facturar bien siendo reformas y construcción: el IVA, la retención y tu fecha de Verifactu.

IVA
21 %
Tipo general por defecto; el reducido y la inversión del sujeto pasivo requieren comprobar condiciones.
Retención IRPF a empresas
Sin retención
Las actividades empresariales no llevan retención, salvo algunas en módulos.
Verifactu
1 de julio de 2027
Fecha vigente si facturas con un programa como autónomo. Hacienda prevé retrasarla a octubre de 2028 (pendiente de confirmación oficial). ¿Te afecta?

Lo que dice la norma

Tipo general de IVA: 21 %

Tipo reducido en renovaciones: no es automático: Ciertas renovaciones o reparaciones de viviendas pueden tributar al 10 % si se cumplen conjuntamente los requisitos: destinatario persona física que no actúa como empresario o profesional y uso particular —o comunidad de propietarios—, construcción o rehabilitación terminada al menos dos años antes y coste de materiales aportados que no supere el 40 % de la base imponible. No se aplica automáticamente a viviendas alquiladas o afectas a una actividad.

Inversión del sujeto pasivo en obras: revisar contrato y destinatario: La inversión del sujeto pasivo puede aplicarse en ejecuciones de obra de urbanización, construcción o rehabilitación, incluidas determinadas cadenas de subcontratación. No se extiende a cualquier reparación por el mero hecho de trabajar para otra empresa.

Retención en determinadas actividades en estimación objetiva: 1 %

Prueba tus números

La calculadora empieza con este perfil; confirma el tipo y el cliente de cada operación.

Ejemplo con una base de 100,00 € y cliente empresa: impuesto 21,00 €, retención 0,00 €, importe a cobrar 121,00 €. Es un cálculo, no una factura.

Herramienta interactiva

Configurado para: Reformas y construcción

Tipo general por defecto; el reducido y la inversión del sujeto pasivo requieren comprobar condiciones.

El importe antes de impuestos y retenciones.

Solo si vendes a un comercio minorista acogido a ese régimen. No lo marques en tus propias ventas al público.

Si no sabes qué tipo de actividad elegir, comprueba tus datos de alta o consúltalo con tu asesor.

Tu desglose

Escribe un importe y verás el desglose al momento.

Este cálculo no es una factura. No emite ni guarda documentos.

Comprueba si te afecta Verifactu

Mira la obra completa antes de elegir el tipo

Cambiar un grifo, renovar una cocina y participar en la rehabilitación de un edificio no describen la misma operación. Empieza por el presupuesto, el destinatario y el uso del inmueble. Un cliente puede pedirte un determinado IVA porque lo ha visto en otra factura, pero esa petición no acredita que su obra cumpla las condiciones. Explica qué información necesitas antes de cerrar el precio.

El punto de partida de la calculadora es el tipo general: 21 %. Si consideras aplicable un reducido, revisa los requisitos y conserva la información que lo respalda. No cambies el tipo únicamente para que el presupuesto se ajuste al importe que el cliente quiere pagar.

Ciertas renovaciones o reparaciones de viviendas pueden tributar al 10 % si se cumplen conjuntamente los requisitos: destinatario persona física que no actúa como empresario o profesional y uso particular —o comunidad de propietarios—, construcción o rehabilitación terminada al menos dos años antes y coste de materiales aportados que no supere el 40 % de la base imponible. No se aplica automáticamente a viviendas alquiladas o afectas a una actividad.

Materiales y mano de obra con documentación clara

Un presupuesto detallado ayuda a comprender qué instalas, qué compra directamente el cliente y qué aportas tú. Conserva los justificantes y relaciona los cambios con la obra. Si durante la ejecución se sustituyen materiales o se amplía el encargo, revisa el conjunto antes de reutilizar el cálculo inicial. El tratamiento no se determina mirando solamente el nombre del trabajo.

Para practicar, introduce una base ficticia de 2.000 euros y mantén el tipo general. Solo ensaya otra configuración después de comprobar que procede para el supuesto que quieres estudiar. La calculadora no determina el coste fiscal de los materiales ni valida una declaración del cliente; se limita a aplicar las opciones elegidas a una base.

Subcontratar no significa siempre inversión

La inversión del sujeto pasivo puede aplicarse en ejecuciones de obra de urbanización, construcción o rehabilitación, incluidas determinadas cadenas de subcontratación. No se extiende a cualquier reparación por el mero hecho de trabajar para otra empresa.

Cuando trabajas para otra empresa, pide información sobre el proyecto y tu posición contractual. Distingue un servicio de mantenimiento de una ejecución incluida en un proceso de construcción o rehabilitación. No basta con que el destinatario tenga un nombre comercial relacionado con obras. Una comunicación clara entre contratista y subcontratista evita que cada parte describa la operación de forma incompatible.

La calculadora ordinaria no reproduce esa modalidad de facturación ni decide las menciones que correspondan. Si tu caso exige inversión del sujeto pasivo, revisa la documentación y utiliza el procedimiento específico de tu programa. Elegir exento para que la cuota desaparezca no explica correctamente por qué no se repercute el impuesto en una operación determinada.

Retención y régimen de actividad

La configuración inicial es empresarial, sin retención profesional ordinaria. Hay, sin embargo, un supuesto para determinadas actividades en módulos cuya referencia registrada es 1 %. Comprueba actividad y régimen con tu asesor antes de concluir que ninguna de tus facturas requiere retener. Ese análisis es independiente del tipo de IVA aplicable a la obra.

Si trabajas habitualmente para particulares y empiezas a colaborar con constructoras, revisa el proceso completo. Pide los datos de contratación, acuerda cómo se aprueban certificaciones y deja claro qué importes se compensan. Un descuento por un repaso o una garantía comercial no es lo mismo que una retención tributaria; evita agruparlos bajo una única línea.

Un registro que resista los cambios de obra

Prueba software con un presupuesto inicial, una ampliación, un pago parcial y una corrección. Comprueba si permite localizar el estado de cada trabajo y exportarlo para la gestoría. Si llevas materiales y desplazamientos, verifica esas funciones con un ejemplo concreto en vez de confiar solo en una lista de prestaciones.

Completa el test de Verifactu con tu territorio y sistema de emisión. Si la gestoría prepara las facturas, aclara qué documentos necesita de ti para clasificar cada obra. Las condiciones del tipo reducido, la inversión del sujeto pasivo y los módulos están contrastadas con las fuentes. Comprueba que la obra y tu régimen cumplen cada requisito antes de aplicarlos a un cliente.

Si el cliente modifica el uso previsto del inmueble o cambia el destinatario del contrato, no conserves por inercia la configuración anterior. Anota qué ha cambiado y solicita una nueva revisión del presupuesto antes de reutilizar sus condiciones fiscales.

Errores que conviene evitar

  • Aplicar el reducido a cualquier reforma doméstica.
  • Omitir IVA en toda subcontrata por trabajar para una empresa.

Preguntas frecuentes

¿Toda obra en una vivienda tiene tipo reducido?
No. Revisa conjuntamente destinatario, uso, antigüedad y materiales, además de la naturaleza de la obra.
¿Las reformas nunca llevan retención?
La configuración empresarial ordinaria no agota los casos. Hay actividades en módulos que requieren comprobar retención.

Cada cifra y cada fecha de esta página enlazan a su fuente oficial. Consultadas el .

Fuentes

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